Flamante presidente del Jurado
Nacional de Elecciones Sr. Francisco Távara, aseguró que la constitución
Política del Perú no prohíbe alguna la eventual postulación de la primera dama
Nadine Heredia en el 2016.
A mis pobres 21 años de vida solo
me quedó recurrir a fuentes orales, de personas a quienes tengo gran
consideración por su alto grado de sapiencia; me hicieron saber que el “Chino”
ex Presidente Alberto Fujimori no podía legislar con todo el congreso (al menos
la mayoría) en contra, así es como pasó
disolver el congreso, por que un presidente sin apoyo legislativo no puede
gobernar; así mismo me comentaron de la popularidad abrumadora de Susana
Higuchi y el problemas que existían en la pareja presidencial, es así que para
evitar una postulación de Susana a la presidencia Alberto Fujimori hace uso de lobby político para que en la Ley Orgánica de elecciones Art. 107 literal “e”
se impida la pretensión de Susana querer hacerse con la presidencia.
Están
impedidos de postular a la presidencia de la República "el cónyuge y los
parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, y los afines dentro del
segundo, del que ejerce la Presidencia o la ha ejercido en el año precedente a
la elección"
Aun así el Sr. Francisco Tavará
así como alguna vez Daniel Abugattas (noticia)
desconocen norma que prohíba postulación.
Es que acaso tan serios problemas
de interpretación tienen nuestras autoridades, no una limitación constitucional, peró si una con rango de Ley ¿?
Por
favor denme luces para ser cada día menos mediocre.
Comentario de Luis
Centurión
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